Teléfonos de asistencia y ayuda: 901 40 11 11 y 924 93 02 52, horario: 8:00 a 15:00 horas de Lunes a Viernes
Trámites y gestiones
En esta pestaña podrás encontrar todo lo referente a los trámites que tienen que realizar los emprendedores en su negocio.
- La Seguridad Social te ofrece lo necesario para mantener tu empresa al día y facilitar tus gestiones.
Por eso, pone a su alcance toda la información que precise: altas, bajas, tipos de contrato, cotización, pagos a acreedores.
Junto con ésta, también puedes conseguir, desde tu propio ordenador, impresos y formularios sin necesidad de desplazarse.
Además, ahora, con el Sistema RED (Remisión Electrónica de Documentos), podrás realizar gestiones e intercambiar información entre las distintas entidades a través de Internet. De forma cómoda y sencilla.
- La ventanilla única ha sido creada para agilizar todos los trámites para la constitución de su empresa a los emprendedores. Facilita todos los procesos administrativos necesarios para que puedas constituir tu empresa. Se trata de un programa de simplificación administrativa donde podemos realizar la mayoría de los trámites obligatorios de hacienda, ayuntamientos y seguridad social.
Ventanilla única empresarial Mérida
Es una iniciativa conjunta de todas las Administraciones Públicas: Administración del Estado, Comunidades Autónomas, Administraciones locales, Cámaras de comercio.
Además de estos trámites, existe un convenio firmado con las Cámaras de Comercio, para ofrecer un servicio de asesoramiento a los emprendedores. Te prestan asesoramiento en formas jurídicas, trámites administrativos, obligaciones frente a los administradores, información sobre subvenciones y ayudas etc. Además te van a ayudar a crear tu plan de negocio o a perfeccionarlo si ya lo tienes creado.
La Cámara de Comercio e Industria de Badajoz pone a su disposición un equipo técnico y humano para solventar cuantas dudas se plantee en materia de Creación de Empresas, Asesoría Jurídica, Asesoría Económica, Asesoría Fiscal y Financiera, Formación, Comercio Interior, Comercio Exterior e Información Comercial, invitándole a hacer uso de estos servicios a lo largo de toda su vida empresarial.
Trámites a seguir para la constitución de una empresa
- Reserva de la denominación social. Obtenido el código alfanumérico ID-CIRCE, se realiza un acceso directo al Portal de INTERNET del Registro Mercantil Central donde se solicita la reserva de la denominación social.
Una vez obtenida la certificación de la denominación social, que el Registro Mercantil Central le remitirá, el emprendedor puede constituir su sociedad - Justificante de las aportaciones dinerarias y no dinerarias. La aportación del capital a la sociedad deberá justificarse mediante certificación bancaria de desembolso
en una cuenta a nombre de la sociedad.
En caso de aportaciones no dinerarias (bienes de equipo, terrenos, etc.), deberán hacerse constar en la valoración. - Otorgamiento de la escritura Pública de constitución. Es el acto en el que los socios fundadores de la empresa firman la Escritura Pública de Constitución de la misma ante notario.
En este mismo acto se aprueban los Estatutos de la sociedad, pasando a Escritura de constitución. - Calificación de la sociedad. La Consejería de Trabajo de la Junta de Extremadura debe calificar las Sociedades Laborales y Cooperativas como requisito previo a la formalización de sus escrituras.
- Solicitud del CIF provisional. Es el carnet de identidad de la empresa, se hace necesario para la realización de cualquier trámite.
- Alta en el censo. Es el documento por el que se comunica a la Administración el comienzo y el tipo de actividad de la empresa a efectos del Impuesto de Sociedades, IVA u otras obligaciones fiscales. Debe hacerse con anterioridad al inicio de la misma.
Alta en el impuesto de actividades económicas. IAE. Es un impuesto local que grava todo tipo de actividades empresariales, profesionales o artísticas. Debe solicitarse dentro de los diez días anteriores al inicio de la actividad, inscribiéndose en tantos epígrafes como actividades pretenda desarrollar la empresa. - Pago de impuestos de Trasmisiones patrimoniales y actos jurídicos documentados. Se trata de un impuesto de gravamen sobre operaciones societarias, entre las que se encuentra la constitución de la misma.
- Inscripción en el Registro Mercantil. Es el acto por el que la empresa adquiere su personalidad jurídica y se da publicidad de la misma. El Plazo de presentación: no superior a 30 días desde la firma de las escrituras.
- Obtención del CIF Definitivo. Una vez que la Escritura de Constitución ha sido inscrita y retirada del Registro Mercantil se puede recoger la tarjeta definitiva del CIF de la empresa en la Agencia Tributaria.
- Inscripción de la empresa en La Seguridad Social. La inscripción de la empresa en la Tesorería de la Seguridad Social es obligatoria e imprescindible.
- Alta del empresario. El empresario deberá proceder a darse de alta en la Tesorería General de la Seguridad Social encuadrándose en alguno de los Regimenes que existen en España. Regimen general y autónomos.
- Alta de los trabajadores. Antes de que la empresa inicie su actividad laboral, el empresario deberá comunicar a la Tesorería General de la Seguridad Social las altas de los trabajadores que vayan a estar a su cargo, los cuales serán objeto del Regimen general.
- Libro de vistas de la Inspección de trabajo. Es un libro obligatorio que puede adquirir en cualquier librería, y sirve para que los Inspectores de Trabajo realicen las anotaciones que consideren oportunas en caso de visita a su establecimiento.
Debe estar debidamente diligenciado y tiene obligación de conservarlo al menos 5 años. - Licencia de obras si corresponde. Si el local en el que va a iniciar su actividad empresarial necesitara la realización de obras previas, debe solicitar el correspondiente permiso de obras.
- Licencia de apertura. La solicitud de la licencia de apertura al Ayuntamiento es un trámite previo y obligatorio al inicio de la actividad de la empresa, que autoriza únicamente al desarrollo de las actividades contempladas en la misma conforme a la legislación vigente.
- Comunicación de apertura del centro de trabajo. Es el trámite por el que se comunica la apertura de un centro de trabajo. Su no cumplimiento es objeto de sanción.
Estos son los trámites necesarios.
Si necesitas más información puedes consultar las siguientes web:
- Cámara Oficial de Comercio E Industria de Badajoz
www.camarabadajoz.org - Junta de Extremadura
www.juntaex.es - Agencia Tributaria
www.aeat.es - Seguridad Social
www.seg-social.es - Registro Mercantil Central
www.rmc.es - La web para empresarios y emprendedores extremeños
www.extremaduraempresarial.es - Diputación Provincial de Badajoz
www.dip-badajoz.es - Confederación de Organizaciones
Empresariales de la provincia de
Badajoz (COEBA)
www.coeba.es - Confederación Regional de
Empresarios de Extremadura
(CREEX)
www.creex.es - Programa Apoyo Empresarial
A la Mujer
www.e-empresarias.net - Guía para Emprendedores.
