Teléfonos de asistencia y ayuda: 901 40 11 11 y 924 93 02 52, horario: 8:00 a 15:00 horas de Lunes a Viernes
Becas
Becas y ayudas
Los alumnos desempleados que participen en acciones formativas dirigidas prioritariemante, tanto a trabajadores ocupados como a desempleados, podrán solicitar, siempre que reúnan los requisitos previstos en el Decreto 158/2008, de 25 de julio, ayudas para el trasporte, alojamiento y manutención, ayudas a la conciliación, y becas en caso de discapacidad.
El plazo de presentación de las solicitudes será de 15 días desde la finalización de la acción formativa, o abandono por causa justificada (enfermedad o colocación laboral). En este último caso, el plazo de 15 días se contará a partir de que se produzca la baja.
Para utilizar las becas o ayudas a la formación se deberá utilizar el modelo oficial que se adjunta. Estas solicitudes deberán dirigirse, junto con la documentación necesaria, a la Dirección General de Formación para el Empleo del Servicio Extremeño Público de Empleo y se presentarán en los Registros de la Consejería de Empleo, Empresas e Innovación o en los Centros del Sexpe.
No obstante, también podrán ser presentados en cualquier otra oficina integrada del Sistema de Registro de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura o en cualquiera de los lugares establecidos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Se adjuntan a continuación el modelo de solicitud, el modelo de anticipo y los requisitos requeridos para las becas.
| Adjunto | Fecha |
|---|---|
| 11/04/11 1:24 pm | |
| 21/07/11 9:32 am | |
| 18/04/11 8:31 am |
