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Derechos y obligaciones: persona trabajadora y empresa


Todos los derechos de la persona trabajadora, son obligaciones para la empresa y viceversa. Hay que ceñirse en esta materia al Estatuto de los Trabajadores y a los Convenios Colectivos de cada empresa.

Los derechos y deberes más importantes del trabajador/a son los que se detallan a continuación:

Derechos del trabajador/a:   

  • A la ocupación efectiva durante la jornada de trabajo.
  • A la promoción y formación en el trabajo (ascensos, cursos de formación y adaptación, etc.)
  • A no ser discriminados/as para acceder a un puesto de trabajo.
  • A la integridad física y a la intimidad.
  • A percibir puntualmente la remuneración pactada.
  • A las vacaciones.
  • Los demás que se establezcan en el contrato de trabajo.

Deberes del trabajador/a:

  • Cumplir las obligaciones concretas del puesto de trabajo conforme a los principios de la buena fe y diligencia.
  • Cumplir las medidas de seguridad e higiene que se adopten.
  • Cumplir las órdenes e instrucciones de la empresa en el ejercicio de su función directiva.
  • No realizar el mismo trabajo para otra empresa que desarrolle la misma actividad.
  • Contribuir a mejorar la productividad.
  • Los demás que se establezcan en el contrato de trabajo.

Los derechos y deberes más importantes de la empresa son los que se detallan a continuación:

Derechos del Empresario/a :

  • El poder de Dirección: es la facultad que tiene el empresario/a para dictar órdenes sobre el modo, tiempo y lugar de ejecución del trabajo, así como cantidad y calidad del mismo.
  • El poder de variación: es el poder para variar o transformar la ejecución del trabajo con el fin de adaptar la prestación laboral a los cambios en la cualificación profesional del trabajador/a debido a la movilidad, ya sea funcional, geográfica o modificación sustancial de las condiciones de trabajo.
  • El poder disciplinario: es la facultad que tiene el empresario/a para vigilar y controlar la ejecución del trabajo y el cumplimiento por el trabajador/a de sus obligaciones, así como la facultad de imponer sanciones en caso de incumplimiento de sus deberes.

Deberes del Empresario/a:

  • La principal obligación del empresario/a es al pago del salario correspondiente.
  • El empresario/a tiene los siguientes deberes profesionales: igualdad de trato, promoción profesional asi como respeto de la categoría profesional del trabajador/a.
  • Deberes morales como el respeto a la intimidad y a la dignidad del trabajador/a.
  • Deberes físicos como la obligación de llevar una política de seguridad e higiene en el trabajo.