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Formación dirigida prioritariamente a trabajadores ocupados
Convocatoria 2011
- Planes formativos sectoriales e intersectoriales:
Planes Formativos Intersectoriales
Por Orden de 1 de Junio de 2011 se aprueba la convocatoria para la concesión de subvenciones públicas en materia de formación de oferta correspondientes al ejercicio 2011. Estas subvenciones están destinadas a la realización de planes formativos intersectoriales dirigidos prioritariamente a trabajadores ocupados.
Planes Formativos del Sector de la construcción
Por orden de 1 de Junio de 2011 se aprueba la convocatoria para la concesión de subvenciones públicas en materia de formación de oferta correspondiente al ejercicio 2010. Estas subvenciones están destinadas a la realización de planes formativos del sector de la construcción dirigidos prioritariamente a trabajadores ocupados.
Más información
Al final de la página se facilitan las órdenes de ambas convocatorias. Para acceder a la aplicación informática de solicitud de la Fundación Tripartita pinche en el botón:
- Programa de formación para el empleo en Cluster Prioritarios
Beneficiarios de la subvención
De acuerdo con lo dispuesto en el art. 2 del Decreto 265/2008 de 29 de diciembre, por el que se establecen las bases reguladoras y primera convocatoria de subvenciones para la realización del Programa de Formación para el empleo en cluster prioritarios de la Comunidad Autónoma de Extremadura, podrán ser beneficiarias de estas subvenciones las entidades "Cluster", entendiendo por cluster, la agrupación legalmente establecida, con personalidad jurídica propia en cualquiera de sus formas asociativas, sin ánimo de lucro y con ámbito de actuación y domicilio social en la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Las entidades cluster deben tener entre sus fines la cooperación entre empresas y entidades de un sector, subsector o área de actividad, así como aquellos otros objetivos que hubiesen sido definidos a través de un Plan Estratégico bajo la forma de Plan Conjunto de mejora de la copetitividad.
Solicitudes y documentación
La solicitud de subvención a que se refiere el art. 3 de la Orden de convocatoria, y el plan de formación deberán cumplimentarse mediante la aplicación informática que contiene un formulario estructurado para ésta finalidad. Para acceder a dicha aplicación pinche aquí.
La solicitud deberá acompañarse de la siguiente documentación administrativa o copia compulsada:
· Poder bastante en derecho que acredite las facultades de representación del firmante de la solicitud para actuar en nombre de la persona jurídica solicitante.
· Fotocopia compulsada de la tarjeta de indentificación de la entidad y del documento de identidad de la persona que actúa en nombre y representación de la persona jurídica solicitante, salvo que, previa autorización de ésta última, la comprobación se realice de oficio por el órgano instructor.
· Fotocopia de la escritura de constitución y de los estatutos debidamente legalizados.
· Plan Conjunto de Mejora de la Competitividad.
· Plan de formación y memoria justificativa sobre la capacidad técnica del solicitante para la gestión del plan que se solicita, indicando los recursos técnicos y materiales de que dispone la entidad solicitante y, en su caso, los de la entidad o entidades que participan en el desarrollo del plan formativo.
La solicitud de concesión de subvenciones y la documentación deberán dirigirse a la Dirección General de Formación para el Empleo en la C/ San Salvador nº9 de Mérida (Badajoz) C.P. 06800, y se presentarán en los Registros de la Consejería de Igualdad y Empleo, en los Centros del Servicio Extremeño Público de Empleo (SEXPE) o en cualquiera de los lugares establecidos en el art. 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las Administraciones Públicas y del procedimiento administrativo común.
Plazo
El plazo para la presentación de solicitudes será de 20 días naturales a partir del día siguiente al de la publicación de la presente convocatoria en el Diario Oficial de Extremadura. Por tanto los interesados tendrán de plazo desde el 3 de Agosto hasta el 23 del mismo mes, inclusive.
Inscripción y registro de centros y entidades de formación
La ejecución de las acciones formativas se realizará por entidades de formación inscritas en el Registro de entidades de formación para el Empleo de Extremadura y en centros que reúnan los requisitos establecidos en el art. 32.4 del Decreto 158/2008 de 25 de julio por el que se regula el subsistema de formación profesional para el empleo, en materia de formación de oferta, y las bases reguladoras para la concesión de subvenciones públicas destinadas a su financiación en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Con carácter complementario al registro de entidades de formación, existirá un registro de centros de entidades de formación para el empleo situados en la Comunidad Autónoma de Extremadura, vinculados a las entidades de formación, en el que quedarán inscritos los centros acreditados para impartir formación dirigida a la obtención de los certificados de profesionalidad así como el resto de centros que impartan otras especialidades inscritas en el fichero de especialidades que no sean las recogidas en el punto 4 del artículo anterior.
Legislación aplicable
A continuación se adjunta el Decreto 265/2008 de 29 de diciembre por el que se establecen las bases y primera convocatoria de subvenciones así como la guía de condiciones de ejecución 2010.
| Adjunto | Fecha |
|---|---|
| 19/10/11 12:29 pm | |
| 19/10/11 12:29 pm | |
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